17/6/2025
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) de la Ciudad de Buenos Aires, por medio de la Resolución 256/2025, eleva el monto máximo de saldos a favor acumulados para acceder al procedimiento simplificado de verificación y devolución del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
Límites y Requisitos
Se eleva de $ 2.000.000 a $ 10.000.000 el requisito de saldo a favor acumulado máximo, para acceder al procedimiento simplificado de verificación y devolución de saldos a favor del impuesto sobre los ingresos brutos.
Además, la nueva normativa incorpora un requisito para la solicitud: la inexistencia de deuda en gestión administrativa correspondiente a los tributos y gravámenes recaudados por la AGIP; la resolución entrará en vigencia a partir del 23 de junio de 2025.
Devolución Expeditiva ¿cuáles son las condiciones?
Para que los contribuyentes o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos puedan solicitar la devolución expeditiva de saldos a favor, deberán:
• Haber presentado todas las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.
• Contar con un saldo a favor acumulado menor o igual a $10.000.000.
• Inexistencia de deuda judicial.
• Inexistencia de deuda como agente de recaudación, incluyendo multas.
• No revestir el carácter de concursado o fallido.
• No registrar un cargo de fiscalización abierto.
• No registrar acogimientos a planes de facilidades de pago cuyo estado sea vigente.
• No hallarse inscripto en los diversos Distritos Económicos y/o Regímenes de Promoción Económica vigentes.
• No haber presentado y obtenido una devolución mediante este procedimiento dentro de los noventa (90) días del pedido respectivo.
• Inexistencia de deuda en gestión administrativa correspondiente a los tributos y gravámenes recaudados por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos.